Despidos · actualizado a 2026

Calculadora de capitalización del paro

Si te vas a dar de alta como autónomo, descubre cuánto puedes cobrar de golpe de tu prestación por desempleo pendiente.

Gratis Sin registro Tus datos no salen del navegador Cifras de 2026

Se calcula al instante en tu propio navegador: no creamos cuenta, no guardamos tus datos ni los enviamos a ningún servidor. Usa siempre cifras oficiales, revisadas y actualizadas — consulta el registro de cambios.

€ / mes

Puedes verla en tu resolución del SEPE o estimarla con la calculadora de prestación por desempleo.

meses
21.600 € capitalizables en pago único 100 % capitalizable

Meses pendientes
—
de prestación
Porcentaje capitalizable
—
desde la Ley 31/2015
100 % privado — el cálculo se hace en tu navegador, no enviamos tus datos a ningún servidor. Cálculo aproximado, no es asesoría laboral.

Ejemplos de capitalización del paro

Así queda el capital según lo que te quede de prestación. Prueba tu propia cifra en la calculadora de arriba.

1.200 €/mes · 18 meses pendientes
21.600 €

El 100 % de la prestación pendiente, en un único pago.

950 €/mes · 12 meses pendientes
11.400 €

Capital de partida habitual para arrancar un negocio pequeño.

1.400 €/mes · 24 meses pendientes
33.600 €

El máximo de duración de la prestación contributiva.

1.100 €/mes · 2 meses pendientes
No capitalizable

No llega al mínimo de 3 meses de prestación pendiente.

Cómo funciona

1

Indica tu cuantía mensual

La cuantía mensual de tu prestación contributiva por desempleo.

2

Indica los meses pendientes

Cuántos meses te quedan por cobrar en el momento de solicitarlo.

3

Solicítalo antes de darte de alta

La solicitud debe presentarse antes de comenzar tu actividad como autónomo.

Cómo funciona la capitalización del paro

La capitalización (o "pago único") del paro te permite cobrar de golpe lo que te quede de prestación contributiva por desempleo, para usarlo como capital inicial al darte de alta como autónomo o como socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral. Desde la Ley 31/2015, el porcentaje capitalizable es del 100 % para todos los beneficiarios, sin distinción de edad o colectivo (antes de esa reforma, solo algunos colectivos llegaban al 100 % y el resto se quedaba en el 60 %).

Para tener derecho a ella necesitas que te queden al menos 3 meses de prestación pendientes de cobrar, no haber capitalizado el paro en los 4 años anteriores, y — muy importante — solicitarlo antes de darte de alta en la actividad. Pedirlo después de darte de alta es uno de los errores más habituales y puede hacerte perder el derecho a la capitalización.

La cantidad capitalizada está exenta de IRPF si mantienes la actividad (o tu condición de socio) durante al menos 5 años. Además de esta modalidad de pago único, existe una vía alternativa para usar parte de la prestación restante como ayuda mensual para pagar la cuota de autónomo — no detallamos su mecánica exacta aquí por no haber podido confirmarla con una fuente oficial reciente; consulta directamente con el SEPE si te interesa esa opción en lugar del pago único.

Este cálculo es orientativo y no sustituye el trámite y la verificación oficial del SEPE.

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje del paro puedo capitalizar?

El 100 % de lo que te quede de prestación contributiva por desempleo, sea cual sea tu edad o colectivo, desde la Ley 31/2015.

¿Cuántos meses de paro me tienen que quedar como mínimo?

Al menos 3 meses de prestación contributiva pendientes de cobrar en el momento de solicitarlo.

¿Cuándo tengo que pedirlo?

Antes de darte de alta como autónomo o como socio trabajador de la cooperativa o sociedad laboral. Pedirlo después es uno de los errores más habituales y puede hacerte perder el derecho.

¿Tributa el dinero que recibo de golpe?

Está exento de IRPF si mantienes la actividad (o tu condición de socio) durante al menos 5 años. Si cesas antes, puede perder la exención.

¿Esta calculadora es asesoría laboral?

No. Es una estimación orientativa del importe máximo capitalizable. La solicitud y sus plazos exactos se tramitan y confirman con el SEPE — consulta sepe.es para tu caso concreto.

¿Quieres saber qué puedes hacer con este dinero exactamente?

Leer la guía completa →

Más herramientas

Publicidad